DERECHOS DE LOS ASOCIADOS
ARTICULO 11. Son derechos fundamentales de los asociados:
- Recibir de la Cooperativa educación cooperativa permanente.
- Utilizar los servicios y realizar las operaciones propias del objeto social de la Cooperativa.
- Participar en las actividades de administración y vigilancia de la Cooperativa, en las formas y términos previstos en estos estatutos y sus reglamentos.
- Recibir información oportuna y suficiente sobre la gestión de la Cooperativa, sus resultados económicos, balance social y las características y alcances de sus proyectos, programas y actividades.
- Ejercer actos de decisión y elección en las asambleas, organismos de dirección, control o comités en que tenga derecho a participar.
- Disfrutar de los servicios, beneficios y prerrogativas que la cooperativa tiene establecidos para los asociados.
- Presentar por los conductos y medios regulares, iniciativas y proyectos o reclamos que tengan como objeto el mejoramiento de la Cooperativa o de sus servicios.
- Elegir y ser elegido para cargos de representación y responsabilidad.
- Retirarse voluntariamente.
- Las demás que se deriven de la ley.
DEBERES DE LOS ASOCIADOS
ARTICULO 10. Son deberes de los asociados:
- Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo.
- Aceptar y cumplir las decisiones de los órganos de administración y vigilancia.
- Comportarse solidariamente en sus relaciones con la Cooperativa y con los asociados en un todo, conforme a las normas éticas establecidas por la Cooperativa.
- Pagar los aportes sociales ordinarios fijados en el Estatuto y los extraordinarios establecidos por la Asamblea.
- Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica y el buen nombre de la Cooperativa.
- Utilizar adecuadamente los servicios de la Cooperativa
- Participar en los programas de educación y capacitación, así como en los eventos a que sea convocado.
- Desempeñar con eficiencia y honestidad los cargos para los que sea elegido.
- Proveer la información que le solicite la Cooperativa y dar a conocer oportunamente los cambios de domicilio o residencia.
- Asistir a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias o elegir a los delegados para que concurran a estas.